La nueva Ley de Medios Públicos de Comunicación Audiovisual de Galicia prevé la creación de un Consejo Audiovisual

El pasado viernes 16 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de Galicia, y el sábado 17 entró en vigor, la Ley 9/2011, de los Medios Públicos de Comunicación Audiovisual de Galicia, que, como gran novedad, transformará la CRTVG en una Corporación. 

Creación de un Consejo Audiovisual en Galicia
La nueva Ley de los Medios Públicos de Comunicación Audiovisual de Galicia, publicada el viernes en el DOG, incide en la transparencia de la nueva Corporación RTVG. Y en este sentido, el texto legal garantiza la independencia, objetividad y veracidad de la información, refuerza la capacidad de control del Parlamento de Galicia, y prevé la creación de una autoridad audiovisual independiente de Galicia que realizará también las funciones propias del consejo asesor. Desde el nuevo Consejo Audiovisual de Galicia se impulsarán las líneas maestras de la política audiovisual gallega.

Unificación de entes
Asimismo, la norma unifica los tres entes instrumentales existentes hasta ahora (la Compañía de Radio-Televisión de Galicia y las sociedades Radiotelevisión Galicia y Televisión de Galicia) en una única corporación pública autonómica, la Corporación RTVG, para ganar en eficacia y capacidad de actuación.
En el ámbito interno de la Corporación, se impide la posibilidad de ceder a terceros la realización y edición de los programas informativos, y se establece, por vez primera en la Comunidad Autónoma, un estatuto profesional de la Corporación RTVG que prevé la creación de un consejo de informativos. 

Contratos-programa de 3 años
Se establece un horizonte a largo plazo, a través del mandato marco, para el cumplimiento de los objetivos ligados a la función de servicio público, que se articula por medio de contratos-programa entre el Consejo de la Xunta y la Corporación RTVG, con duración de 3 años, lo que no sólo facilita la independencia de la Corporación, sino que también la dota de la estabilidad financiera necesaria. 
Financiación mixta y adaptación a las nuevas tecnologías
La nueva Corporación mantiene el modelo mixto de financiación, de forma que podrá obtener recursos tanto por la vía de la compensación por el cumplimiento de la misión de servicio público, como por la vía de los ingresos publicitarios o derivados de otros derechos. Con la Ley también se pretende una adecuación de la Corporación RTVG a las nuevas circunstancias tecnológicas, como la aparición de la tecnología digital o la irrupción de Internet como competidor de contenidos. Para la consecución de este objetivo, entre otras medidas adoptadas, se le atribuye a la Corporación RTVG un régimen jurídico, patrimonial y organizativo que permite ajustar las emisiones y su penetración en el público a las evoluciones tecnológicas y tendencias del mercado, para conseguir que la entidad prestadora siga siendo competitiva, y un instrumento eficaz de vertebración de la identidad de Galicia como pueblo y de la difusión y normalización de su lengua. 

Control del órgano de gobierno de la TVG
Finalmente, la ley introduce cambios trascendentes en los órganos de gobierno de la sociedad pública autonómica de comunicación audiovisual, con el objeto de conseguir una mayor independencia y profesionalidad en la gestión. El nombramiento del director general de la Corporación RTVG, que en la compañía creada en el año 1984 era efectuado por el Ejecutivo, pasa ahora a ser realizado por el Parlamento de Galicia por mayoría cualificada, y después de comparecer el interesado ante la propia Cámara legislativa, al igual que los miembros del consejo de administración, que se reducen a siete (uno de ellos el director general). La presidencia del consejo de administración será puramente funcional y se ejercerá de forma rotatoria por periodos de seis meses. En ambos casos, se requerirá para la elección una mayoría de dos tercios de la cámara (o de tres quintos en segunda votación). 

Adicionalmente, se incrementan los requisitos de calificación profesional exigidos para formar parte de los órganos de gobierno, así como las causas de incompatibilidad, y se alargan a cinco años los mandatos tanto del director general como de los consejeros, renovables por una sola vez, para que no coincidan con los de la legislatura. El refuerzo de la independencia de los gestores va acompañado por un incremento de las responsabilidades exigidas. Así, se prevé el cese del principal responsable de la Corporación por causas objetivas relacionadas con el incumplimiento de sus deberes en materia presupuestaria. La ley establece, además, el deber de realizar una gestión conforme a los criterios de transparencia y responsabilidad social empresarial.
Fuente: Cine por la Red

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