Diez & Romeo elabora la Guia Practica para el concurso de radio FM en el País Vasco


Con la promulgación del Decreto 213/2011, de 8 de noviembre, sobre Comunicación Audiovisual  (BOPV nº 222, de 23 de noviembre de 2011), se configura un nuevo régimen jurídico en el sector de los medios de comunicación.

Por la cercanía del concurso público de licencias de radio FM en Euskadi, hemos hecho prioritario analizar la sección 2ª del Capítulo 1º del Decreto de Comunicación Audiovisual.

Como siempre, la sistemática de esta guía consiste en plasmar las respuestas a las preguntas que los responsables de las emisoras de Radio FM se hacen ante la aplicación de la nueva normativa audiovisual en el País Vasco.

CUESTIONES BASICAS

1.- ¿Cual es el contenido mínimo de las bases del concurso?
El nuevo Decreto delimita lo que debe de plasmarse en las bases del concurso público. Y al menos el pliego contendrá:
Las Licencias que hayan de otorgarse, zona de servicio y características técnicas.
Las condiciones de prestación del servicio, con expresión de las que tengan la consideración de esenciales.
El número de licencias reservadas para la emisión íntegra en euskera.
La Documentación acreditativa de los requisitos y de la capacidad jurídica; es decir, la del Sobre nº 1.
Los criterios de valoración de los proyectos de radio FM (Sobre nº 2) y su ponderación, así como los umbrales mínimos que se establezcan.
Las Garantías que, en su caso, deban depositarse (avales)
La composición de la Mesa de Valoración.

2.- ¿Qué plazo van a dar para presentar las solicitudes?
El plazo estará fijado en las bases, pero nunca será inferior a 30 días naturales desde la publicación de la convocatoria.

3.- ¿Que documentación he presentar si quiero solicitar una licencia de Radio FM?
Para acceder a una convocatoria de licencias audiovisuales (Radio FM o TDT) se necesita presentar una documentación que se distribuye en 2 sobres:
Sobre nº 1, (Documentación Administrativa y empresarial) donde se incorpora la documentación que acredite cumplir los requisitos y la capacidad jurídica para ser licitador.
Sobre nº 2, (Proyecto de Emisora de Radio FM) donde se recogen los aspectos que hacen que el proyecto sea competitivo: programación, emisión en euskera, viabilidad técnica, plan de negocios e inversiones, el fomento de empleo.

4.- Me quiero presentar a varias localidades ¿debo cumplir algún requisito formal?
Sí, debo de presentar un único Sobre 1 (documentación Administrativa) y tantos Sobres nº 2 (proyectos) como localidades a las que solicite licencia.
Por ejemplo si quiero solicitar licencias de Getxo, Bilbao y Durango he de presentar un Sobre nº 1 y tres Sobres nº 2.

DOCUMENTACIÓN DEL SOBRE Nº 1

5.- ¿Que documentación debo presentar en el Sobre nº 1 o Sobre A?
Para acreditar la capacidad jurídica necesaria para participar en el concurso, la  empresa deberá presentar la siguiente documentación:
a)         Escrituras Públicas de constitución, y demás modificaciones, inscritas en el Registro Mercantil.
b)         DNI del representante legal de la empresa
c)         El CIF de la sociedad
d)        Garantía en el caso de que se requiriera. Se puede constituir mediante aval o depósito en efectivo.
e)         Diligencia de Bastanteado de Poder expedida por los Servicios Jurídicos del Gobierno Vasco. Con esto se acredita que el administrador de la sociedad tiene poder bastante para contratar con la administración convocante del concurso. 
f)         Declaración responsable de no estar incursos en las limitaciones legales para ser titular de una licencia de radio FM. Aquí plasmamos:
(i)        Que no estamos afectados por las prohibiciones para contratar del artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público;
(ii)       Que cumplimos los requisitos del artículo 25 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA);
(iii)      Que no estamos afectados por las limitaciones de orden público audiovisual, art. 26 LGCA
(iv)      y que cumplimos con las medidas antimonopolio del artículo 37 de la LGCA

6.- ¿Y si soy una persona física?
En este caso los trámites se simplifican y sería suficiente con la siguiente documentación:
a)         DNI del solicitante
b)         Garantías
c)         Declaraciones responsables.                               

7.- Y si no soy empresa ni persona física ¿me puedo presentar con otra fórmula jurídica? 
Pueden presentarse al concurso todo tipo de entidades siempre y cuando no sean públicas o tengan participación pública de alguna clase. Pueden ser Fundaciones, Asociaciones, etc….
No pueden presentarse las Comunidades de Bienes al no tener personalidad jurídica.

8.- Con los tiempos que corren ¿Se puede presentar una agrupación de empresas?
En las bases del concurso de radio FM de Valencia se recogía expresamente esa posibilidad. No hay fundamento jurídico que lo impida, lo único que no ha de mencionarse es la expresión UTE (Unión Temporal de Empresas) puesto que hace referencia a la legislación de contratación administrativa.
Todas las empresas que formen la oferta conjunta han de presentar toda la documentación del Sobre nº 1. Por ejemplo, si fueran 3 empresas en una oferta las 3 deberá de presentar escrituras, bastanteo, declaraciones responsables, etc…

9.- ¿Si cometemos alguna equivocación podemos rectificar?
En el Decreto de Euskadi se nos da la posibilidad de enmendar los defectos que sean subsanables; y para ello se concede un plazo de 10 días desde que el defecto sea detectado.
Eso sí, no todos los errores son enmendables. Por ejemplo, omitir el CIF del licitador no daría ningún problema, pero presentar un aval constituido fuera de plazo supondría la exclusión.

LOS PROYECTOS DE RADIO FM (SOBRE Nº 2)

10.- ¿Como se valoran los proyectos de Radio FM?
Sólo el sobre nº 2, que contiene el proyecto de emisora de radio, será puntuado por una comisión de expertos. La puntuación se asignará de mayor a menor a cada bloque del proyecto, en función de la calidad del proyecto.

11.- En Euskadi  ¿Existe alguna regla para determinar la valoración de las ofertas de radio?
Todas las reglas están contenidas en los textos legales que van a regir el concurso de radio FM en el País Vasco: El Decreto Audiovisual y las bases del concurso.
Fundamentalmente los criterios que utilizará la Mesa de Valoración  para puntuar los proyectos de emisoras de Radio FM serán:
1.- Propuesta de Programación
2.- Propuestas económicas y Estructurales
3.- Propuesta Tecnológica
4.- Aportación de pluralidad a la oferta radiofónica
5.- Fomento del Empleo
6.- Compromiso de emitir en Euskera
7.- Experiencia previa

12.- Pero, ¿Hay alguna especificidad a tener en cuenta?
El desarrollo de las pautas generales se realizará en las bases. No obstante, hay una norma que hay que respetar con sumo cuidado. La de los umbrales mínimos.
En las bases se establecerá por cada bloque a puntuar un límite mínimo de puntuación. Quien no alcance ese límite no podrá ser adjudicatario. Por ejemplo, en la TDT de Valencia se establecía un límite de 80 puntos para cada bloque a valorar, y los que no obtuvieron un mínimo de 80 puntos fueron descartados.

LA COMPOSICIÓN DE LA MESA DE VALORACIÓN

13.- ¿Quiénes valorarán los proyectos de radio FM en el País Vasco?
Serán 5 personas nombradas por el Consejo del Gobierno Vasco, y se integrarán en la Mesa de Valoración.
El Decreto establece que, al menos, lo formarán:
1 Interventor de la Oficina de Control Económico
1 Técnico de la Dirección de Informática y Telecomunicaciones
3 personas nombradas por el Departamento de Cultura
Es importante tener en cuenta que en todas las Mesas de Valoración siempre hay un Letrado de la Administración.

14.- ¿Todos los valoradores son funcionarios del Gobierno Vasco?
No todos, ya que existe la posibilidad de que se reclame la presencia de personal asesor externo. Éste tendrá voz pero no voto en la Mesa de Valoración
Por otro lado, la Mesa puede solicitar informes técnicos a asesorías externas como ocurriera con el concurso de la TDT del País Vasco en 2007.

15.- Si un licitador propuesto como adjudicatario falla en la última documentación ¿Qué ocurriría?
Tras la valoración se propone la propuesta de adjudicación. Tras ello, a los preseleccionados se les da un plazo de 15 días para que aporten una documentación concreta: acreditar no tener deudas con Hacienda, con la S.Social, con el sistema fiscal vasco, etc…
Si no lo demuestran en el plazo previsto, la adjudicación pasará al segundo mejor puntuado

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