Diez & Romeo analiza el nuevo Decreto Audiovisual de Navarra

Tras la declaración en el Parlamento de Navarra del Consejero de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales de añadir 44 nuevas licencias de radio FM y la publicación del proyecto de Decreto Foral de Comunicación audiovisual, el régimen legal navarro está a punto de dar un cambio global.

Adecuación a la legislación nacida en 2010
El nuevo Decreto Foral de Navarra que reglamentará las acciones de los medios de comunicación fija sus principios básicos en los cimientos de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual. Tendencia hacia la liberalización del sector audiovisual: (i) el servicio público esencial de radiodifusión sonora y televisiva para a ser un servicio de interés general prestado en régimen de libre competencia; (ii) los títulos habilitantes pasan de denominarse concesiones a licencias audiovisuales; (iii) la Ley de Contratos Públicos deja de ser aplicable; y (iv) se inicia una flexibilización de la transmisibilidad de las licencias.

Los concursos públicos de Radio y TDT
El régimen de autorizaciones para ejercer la actividad audiovisual  se simplifica en 2 supuestos: (i) la comunicación previa, que se verifica con la remisión de una notificación del prestador a la autoridad audiovisual; y (ii) las licencias audiovisuales, que se obtienen por las TDT y Radios que emiten usando el espectro radioeléctrico, tras pasar por un concurso público convocado al efecto.
En los próximos concursos que se convoquen en Navarra al amparo de la nueva legislación, los licitadores deberán presentar dos Sobres:
Sobre nº 1 que contendrá la documentación administrativa. Es decir, la documentación acreditativa de la personalidad jurídica del solicitante y de su aptitud para ser titular de una licencia, conforme a los requisitos y prohibiciones que establece la legislación vigente
Sobre nº 2, donde de aporta el proyecto de radio o TDT. Es decir,  la oferta técnica en el que se incluirán los méritos que se pretenden hacer valer en el concurso, acompañada de los documentos que lo atestigüen.
El proyecto de Decreto Foral Audiovisual de Navarra avanza, en su artículo 12, los criterios de valoración de la Mesa que estudiará las ofertas que se presenten. Estos serán:
1.- Los detalles de la Programación
2.- Viabilidad técnica (alta y baja frecuencia)
3.- Viabilidad económica y fomento del empleo
4.- Compromiso de no transmitir la licencia durante más de 2 años
5.- Porcentaje de emisión en euskera

Un licenciado en Derecho en la valoración de los proyectos
Al igual que en la mayoría de las bases de los concursos de TDT y radio FM, la Mesa que valorará los proyectos de emisoras estará compuesta de 5 miembros. Entre ellos, se deberá integrar un Letrado experto debido a la alta carga jurídica que tienen estos procedimientos. El artículo 14 del Decreto así lo establece:

La Mesa estará formada, como mínimo, por cinco miembros nombrados por el titular del Departamento competente en materia de servicios de comunicación audiovisual. Necesariamente formarán parte de la misma un Interventor y un Licenciado en Derecho que ocupe plaza para la que se exija dicha titulación.

En las reglas de funcionamiento sobre la baremación, se permitirá que la Mesa de valoración sea asistida de asesores externos, los cuales tendrán voz pero no voto en las reuniones.

Nuevo régimen sancionador
La propuesta normativa del Gobierno de Navarra determina en el quinto capítulo un nuevo régimen sancionador conforme con el establecido por la Ley 7/2010 General de la Comunicación Audiovisual. Los artículos 36, 37 y 38 del Decreto dan buena cuenta de ello.
De verdadera importancia es el sometimiento del expediente sancionador al principio de legalidad. Toda sanción que se pretenda imponer deberá estar precedida de un proceso administrativo ajustado a la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Del mismo modo, se fijan los Órganos competentes para la imposición de sanciones. Las sanciones por infracciones muy graves serán impuestas por el titular del Departamento competente en materia de servicios audiovisuales. Y las sanciones por infracciones graves y leves serán impuestas por el Director General competente en materia de servicios audiovisuales.

Generalidades
Las licencias que se otorguen conforme a las pautas reseñadas tendrán una vigencia de quince años, y se renovarán automáticamente por el mismo plazo siempre que se satisfagan las condiciones exigidas para ser titular de ella. Cualquier negocio jurídico que se quiera realizar con una licencia, de entre los que permite la normativa básica, deberá contar con autorización previa del Gobierno de Navarra y estará sujeta al pago de las tasas que se determinen.

Tambien ver: http://www.diezromeo.com/es/media_press/notas_de_prensa/pistoletazo-de-salida-para-el-concurso-de-44-licencias-de-radio-fm-en-la

Comentarios

Entradas populares