La Justicia Europea desestima la demanda de la Premier League

El pasado jueves, 5 de octubre se dio a conocer una sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas por el que se desestima la demanda interpuesta por la Premier League contra los propietarios de bares del Reino Unido.
En resumidas cuentas se llega a la conclusión de que comprar un descodificador extranjero para ver en televisión partidos de fútbol de las competiciones nacionales es legal bajo las normas comunitarias. El tribunal de Luxemburgo dio de esta forma la razón al grupo de propietarios de bares ingleses que habían sido denunciados por la Premier League por utilizar tarjetas de satélite griegas para emitir a menor precio partidos de la liga inglesa.
El Tribunal va más allá y considera que la venta en exclusiva de los derechos para emitir el fútbol país por país puede ser ilegal.
"Un sistema de licencias para la retransmisión de partidos de fútbol que concede a los organismos de radiodifusión una exclusividad territorial para cada Estado miembro y que prohíbe a los telespectadores ver estas emisiones con una tarjeta decodificadora en los otros Estados miembros es contrario al Derecho de la Unión", señaló en un comunicado.
Los jueces consideran que ese tipo de limitaciones van en contra del mercado único europeo y que, por tanto, toda normativa nacional que prohíba importar, vender o utilizar tarjetas decodificadoras extranjeras
"no puede justificarse ni con el objetivo de proteger los derechos de propiedad intelectual, ni con el objetivo de incentivar la presencia de público en los estadios de fútbol".
El Tribunal señala que no es posible invocar derechos de autor, tal y como pretendía la Premier League, en el caso de los encuentros deportivos, pues no se pueden considerar creaciones intelectuales. Advierte, sin embargo, de que la emisión en un bar de contenidos "protegidos" -como puede ser el vídeo que abre las retransmisiones de la Premier League o la sintonía oficial de la competición- requiere una autorización del autor, dado que en este caso sí existe "copyright".
El fallo de hoy, que agrupa dos casos diferentes, da la razón entre otros a Karen Murphy, propietaria de un pub en Portsmouth (Reino Unido) quien batalló en los tribunales las cuantiosas multas que se vio obligada a pagar por emitir partidos en su establecimiento usando un descodificador griego.
Fuente: Efe

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