El Consejo Audiovisual de Andalucía refuerza la transparencia y aumenta la eficacia modificando su reglamento
El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) reforzará la transparencia y la eficacia de su funcionamiento con mejoras en los mecanismos de participación ciudadana y en las competencias que desarrolla. Así se recoge en la modificación del reglamento de este organismo, que ha sido aprobada ayer, 22 de mayo, por el Consejo de Gobierno andaluz para, entre otros objetivos, avanzar en su adaptación a la Ley estatal de Comunicación Audiovisual de 2010.
El Consejo Audiovisual de Andalucía, creado en 2004, es la autoridad independiente de extracción parlamentaria constituida para velar por el respeto a los derechos, libertades y valores constitucionales y estatutarios en los medios audiovisuales que operan en Andalucía. Entre otras funciones, el CAA asesora al Parlamento de Andalucía y a las administraciones autonómica y local en la ordenación y regulación del sistema audiovisual; informa sobre proyectos normativos; elabora informes tanto por iniciativa propia como a petición del Parlamento y del Consejo de Gobierno; atiende las demandas formuladas por los usuarios; y actúa como órgano de conciliación de los intereses de los distintos agentes económicos y socioculturales en el ámbito de la comunicación audiovisual.
Durante los últimos años, su trabajo ha permitido, entre otros logros, la práctica erradicación de la pornografía de las televisiones en Andalucía; la realización de informes pioneros en España sobre el pluralismo político; el desarrollo de iniciativas de alfabetización mediática; la incoación de más de medio centenar de expedientes sancionadores a radios y televisiones por infracciones contra la legislación en materia audiovisual; o la atención de más de un millar de reclamaciones de la ciudadanía a través de la ODA.
Los miembros del Consejo son once especialistas elegidos por mayoría de tres quintos del Parlamento entre personas de reconocido prestigio, por un periodo de cinco años y con un máximo de dos mandatos. Estos consejeros tienen dedicación exclusiva y su condición es incompatible, incluso dos años después de dejar la institución, con el ejercicio de cargos de elección o designación política, actividades en las administraciones y funciones ejecutivas en partidos políticos, organizaciones sindicales o empresariales.
El nuevo reglamento del Consejo Audiovisual de Andalucía aprobado ayer martes, 22 de mayo, por el Consejo de Gobierno andaluz recoge, para reforzar la transparencia del organismo, las medidas que de hecho ya se vienen implantando para facilitar la tramitación electrónica de las quejas, peticiones y sugerencias de la ciudadanía ante la Oficina de Defensa de la Audiencia (ODA), integrada en la estructura del propio Consejo. Asimismo, establece la obligatoriedad de dar publicidad a todos los acuerdos, estudios e informes del Consejo. La norma modificada incorpora también las funciones que la nueva legislación estatal prevé en relación con el fomento de códigos de autorregulación y corregulación en materia de publicidad, especialmente para salvaguardar los derechos de los menores.
De igual modo, se afianzan las garantías jurídicas en los procedimientos sancionadores. Respecto a la estructura y el funcionamiento de la entidad, los principales cambios son la reordenación de las comisiones del CAA, con la limitación a cinco de su número máximo de miembros, y un nuevo apartado que regula los mecanismos de sustitución de la Presidencia en supuestos de vacante.
El Consejo Audiovisual de Andalucía, creado en 2004, es la autoridad independiente de extracción parlamentaria constituida para velar por el respeto a los derechos, libertades y valores constitucionales y estatutarios en los medios audiovisuales que operan en Andalucía. Entre otras funciones, el CAA asesora al Parlamento de Andalucía y a las administraciones autonómica y local en la ordenación y regulación del sistema audiovisual; informa sobre proyectos normativos; elabora informes tanto por iniciativa propia como a petición del Parlamento y del Consejo de Gobierno; atiende las demandas formuladas por los usuarios; y actúa como órgano de conciliación de los intereses de los distintos agentes económicos y socioculturales en el ámbito de la comunicación audiovisual.
Durante los últimos años, su trabajo ha permitido, entre otros logros, la práctica erradicación de la pornografía de las televisiones en Andalucía; la realización de informes pioneros en España sobre el pluralismo político; el desarrollo de iniciativas de alfabetización mediática; la incoación de más de medio centenar de expedientes sancionadores a radios y televisiones por infracciones contra la legislación en materia audiovisual; o la atención de más de un millar de reclamaciones de la ciudadanía a través de la ODA.
Los miembros del Consejo son once especialistas elegidos por mayoría de tres quintos del Parlamento entre personas de reconocido prestigio, por un periodo de cinco años y con un máximo de dos mandatos. Estos consejeros tienen dedicación exclusiva y su condición es incompatible, incluso dos años después de dejar la institución, con el ejercicio de cargos de elección o designación política, actividades en las administraciones y funciones ejecutivas en partidos políticos, organizaciones sindicales o empresariales.
El nuevo reglamento del Consejo Audiovisual de Andalucía aprobado ayer martes, 22 de mayo, por el Consejo de Gobierno andaluz recoge, para reforzar la transparencia del organismo, las medidas que de hecho ya se vienen implantando para facilitar la tramitación electrónica de las quejas, peticiones y sugerencias de la ciudadanía ante la Oficina de Defensa de la Audiencia (ODA), integrada en la estructura del propio Consejo. Asimismo, establece la obligatoriedad de dar publicidad a todos los acuerdos, estudios e informes del Consejo. La norma modificada incorpora también las funciones que la nueva legislación estatal prevé en relación con el fomento de códigos de autorregulación y corregulación en materia de publicidad, especialmente para salvaguardar los derechos de los menores.
De igual modo, se afianzan las garantías jurídicas en los procedimientos sancionadores. Respecto a la estructura y el funcionamiento de la entidad, los principales cambios son la reordenación de las comisiones del CAA, con la limitación a cinco de su número máximo de miembros, y un nuevo apartado que regula los mecanismos de sustitución de la Presidencia en supuestos de vacante.
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