La ley de Telecomunicaciones estremece a los medios
El bufete de
abogados Diez & Romeo ha analizado el sistema
sancionador de la nueva Ley General de Telecomunicaciones que se está
tramitando en el parlamento, que establece un régimen muy riguroso y peligroso
para la libertad de expresión.
El sector
audiovisual (televisiones y radios) se ha visto muy perjudicado por la forma en
que se han gestionado las licencias para emitir. El cuestionamiento ha llegado
incluso al Tribunal Supremo que ya ha anulado 9 licencias de TDT que podrían
desaparecer en cuestión de meses.
A esta
incertidumbre, indica Diez & Romeo, se
añade el proyecto de la nueva Ley de Telecomunicaciones, aprobado el viernes 27
de septiembre de 2013, que prevé fijar unas sanciones tan duras que hacen
temblar a la libertad de prensa.
Sanciones monstruosas
La norma
contempla el posible cese sorpresivo de emisiones antes de iniciar un
expediente sancionador “cuando existan razones de imperiosa urgencia
". Además, las multas pueden llegar también a los representantes de
las emisoras de radio y televisión, si afecta a empresas.En concreto, las infracciones muy graves van a contemplar una multa de hasta 20 millones de €, las graves pasan a tener una sanción de hasta 2 millones € - ahora 500.000 €-, y las leves casi de duplican ya que pasan de 30.000 € en la actualidad a 50.000 €.
Además se prevé multar a los representantes de la empresa con:
- hasta 2.000 € para las
infracciones leves
- hasta 6.000 € para las graves y
- hasta 10.000 € para las muy
graves.
Desconexión sorpresiva de la cadena
Las inéditas
medidas previas al procedimiento sancionador del artículo 82 del nuevo texto,
como indica Diez & Romeo, son la prueba de que la adecuación a los avances
tecnológicos no siempre va en consonancia con el respeto a los derechos de los
ciudadanos.El nuevo texto contempla el cese de las emisiones radiofónicas y televisivas, antes de iniciarse un expediente sancionador, cuando existan razones de imperiosa urgencia basadas en estas causas:
- Producción de perjuicios a los
servicios de Seguridad Pública, Protección Civil y de Emergencias
- Puesta en peligro de la vida
humana
- Interferencias a otra radio o
televisión con licencia
Pero lo que
realmente consterna a los medios de comunicación, comenta Diez& &
Romeo, es que el cese de sus emisiones:
- Se pueda imponer sin que exista
audiencia previa del interesado.
- Dure más de 15 días (hasta un
mes), en contra de lo establecido en el artículo 72. 2 de la Ley 30/1992,
y
- Se ejecute por terceros ajenos
a la administración competente.
Puedes ver
en este enlace Información complementaria sobre el
Proyecto de Ley General de Telecomunicaciones
Duras críticas
Según
Diez & Romeo, estas sanciones y medidas pueden dar lugar a
fuertes vulneraciones legales y constitucionales.
En primer
lugar, el de poder imponer el cese de emisiones sin escuchar a la cadena
contradice lo plasmado por los tribunales al respecto “Una medida como es el
cierre de un establecimiento, que supone una importante restricción a los
derechos del propietario de la empresa, requiere una motivación suficiente... y
exige al mismo tiempo una audiencia preliminar del interesado”
Otro de los
puntos conflictivos en la nueva regulación, es el período de duración del cese:
hasta un mes. Lo cual parece indicar un anticipo de la resolución de
fondo, pudiendo quebrantar con ello el derecho fundamental al proceso con las
debidas garantías de contradicción y prueba.
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