Licencias TDT Valencia: 8 Razones legales para convocar otro concurso de TDT tras su anulación
Tras la reciente Sentencia del Tribunal Supremo por la que se anulan las licencias de la TDT en Valencia comienzan a arreciar las primeras reacciones. Desde la Generalitat se ha dicho que se acatará pero ha matizado diciendo que “Eso no significa que la Generalitat tenga que proceder a convocar un nuevo concurso”. Así se manifestaba la Secretaria Autonómica de Presidencia, Cristina Macías.
El País recogía que en la comparecencia ante las Cortes Valencianas, Macías consideró “formales” los vicios de nulidad hallados por el Tribunal Supremo en respuesta a un recurso de Tele-Elx, empresa excluida de las concesiones. Se refería a que la mesa de contratación dio por buena una evaluación de una consultora externa sin motivar la decisión al otorgar 42 licencias en 14 demarcaciones. Por ello el Consell “retrotraerá las actuaciones al momento anterior a la adjudicación”.
La Sentencia del Tribunal Supremo no anuló el concurso en su conjunto, sino la adjudicación. No obstante, desde la perspectiva jurídica, no parece razonable que mantener la vigencia del concurso pueda ser la solución más viable. La nueva adjudicación se realizaría sobre proyectos televisivos presentados en el 2005, con unos compromisos técnicos desfasados, unas obligaciones financieras imposibles de asumir, debido a la actual coyuntura negativa; y una oferta de programación televisiva ajena a la realidad actual.
Legalmente y bajo los parámetros de la contratación pública – el concurso de la TDT se convocó antes de entrar en vigor la Ley Audiovisual - es inadmisible la valoración en 2012 o 2013 de unas ofertas presentadas para responder a las necesidades que se exigían en el 2005.
Por otro lado, hay 8 razones que dificultarán a la Generalitat Valenciana adjudicar actualmente en base a solicitudes presentadas en el 2005:
• El transcurso de más 7 años desde la presentación de las ofertas. Basta con leer el informe de la propia Generalitat que recomendó dejar desierto el concurso de la radio FM de 2007. Los argumentos esgrimidos contradicen una posible nueva adjudicación de la TDT: si el concurso de la radio FM se declaró desierto porque los proyectos estaban desfasados al presentarse en el 2007, peor aún con proyectos de 2005.
• El desfase de las ofertas de TDT por datar de 2005. Los proyectos estaban diseñados para una concesión de 10 años y ahora la vigencia de la licencia (ya no concesión) es de 15 años.
• Los razonamientos jurídicos que motivaron declarar el concurso de la FM desierto. La resolución argumentaba (i) la disminución o desaparición de la capacidad y la solvencia de las licitadoras; y (ii) la existencia de proyectos obsoletos de emisoras de radio FM.
• El dinamismo de la innovación tecnológica y la aparición de nuevos formatos y servicios interactivos. Una buena valoración en la parte tecnológica supondría omitir los últimos avances técnicos.
• El impacto de la crisis en el sector televisivo. Inexistente en el 2005.
• La normativa autonómica valenciana no adecuada al nuevo escenario audiovisual estatal. La modificación del escenario televisivo con la aprobación de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual, impide dar cobertura legal al resultado de las nuevas concesiones de la TDT que se basaría en la Ley 1/2006, de 19 de abril, de la Generalitat, del Sector Audiovisual
• La nueva regulación aplicable a los concursos públicos audiovisuales. En 2005 se regían por la Ley de Contratos públicos, Ahora en 2012, se rigen por la Ley General de Comunicación Audiovisual.
Por eso, en Valencia será difícil volver a valorar las ofertas de TDT de 2005, y de hacerlo el ejecutivo se arriesgaría a entrar en nuevos litigios que podrían terminar con una nueva anulación.
El País recogía que en la comparecencia ante las Cortes Valencianas, Macías consideró “formales” los vicios de nulidad hallados por el Tribunal Supremo en respuesta a un recurso de Tele-Elx, empresa excluida de las concesiones. Se refería a que la mesa de contratación dio por buena una evaluación de una consultora externa sin motivar la decisión al otorgar 42 licencias en 14 demarcaciones. Por ello el Consell “retrotraerá las actuaciones al momento anterior a la adjudicación”.
La Sentencia del Tribunal Supremo no anuló el concurso en su conjunto, sino la adjudicación. No obstante, desde la perspectiva jurídica, no parece razonable que mantener la vigencia del concurso pueda ser la solución más viable. La nueva adjudicación se realizaría sobre proyectos televisivos presentados en el 2005, con unos compromisos técnicos desfasados, unas obligaciones financieras imposibles de asumir, debido a la actual coyuntura negativa; y una oferta de programación televisiva ajena a la realidad actual.
Legalmente y bajo los parámetros de la contratación pública – el concurso de la TDT se convocó antes de entrar en vigor la Ley Audiovisual - es inadmisible la valoración en 2012 o 2013 de unas ofertas presentadas para responder a las necesidades que se exigían en el 2005.
Por otro lado, hay 8 razones que dificultarán a la Generalitat Valenciana adjudicar actualmente en base a solicitudes presentadas en el 2005:
• El transcurso de más 7 años desde la presentación de las ofertas. Basta con leer el informe de la propia Generalitat que recomendó dejar desierto el concurso de la radio FM de 2007. Los argumentos esgrimidos contradicen una posible nueva adjudicación de la TDT: si el concurso de la radio FM se declaró desierto porque los proyectos estaban desfasados al presentarse en el 2007, peor aún con proyectos de 2005.
• El desfase de las ofertas de TDT por datar de 2005. Los proyectos estaban diseñados para una concesión de 10 años y ahora la vigencia de la licencia (ya no concesión) es de 15 años.
• Los razonamientos jurídicos que motivaron declarar el concurso de la FM desierto. La resolución argumentaba (i) la disminución o desaparición de la capacidad y la solvencia de las licitadoras; y (ii) la existencia de proyectos obsoletos de emisoras de radio FM.
• El dinamismo de la innovación tecnológica y la aparición de nuevos formatos y servicios interactivos. Una buena valoración en la parte tecnológica supondría omitir los últimos avances técnicos.
• El impacto de la crisis en el sector televisivo. Inexistente en el 2005.
• La normativa autonómica valenciana no adecuada al nuevo escenario audiovisual estatal. La modificación del escenario televisivo con la aprobación de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual, impide dar cobertura legal al resultado de las nuevas concesiones de la TDT que se basaría en la Ley 1/2006, de 19 de abril, de la Generalitat, del Sector Audiovisual
• La nueva regulación aplicable a los concursos públicos audiovisuales. En 2005 se regían por la Ley de Contratos públicos, Ahora en 2012, se rigen por la Ley General de Comunicación Audiovisual.
Por eso, en Valencia será difícil volver a valorar las ofertas de TDT de 2005, y de hacerlo el ejecutivo se arriesgaría a entrar en nuevos litigios que podrían terminar con una nueva anulación.
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