Canarias condenada por invadir las competencias del Estado en Telecomunicaciones: segunda Sentencia que anula, en parte, las bases de la TDT


El en día de hoy el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha comunicado la segunda Sentencia dictada en el nº de P.O. 144/2007, que anula un nuevo apartado de las bases del concurso de la TDT de Canarias, por intromisión ilegítima en materias exclusivamente reservadas a ser reguladas por la Administración General del Estado.

Este nuevo fallo, establece que la redacción consistente en:

“Además del servicio de datos independiente, el Gestor del Múltiple le corresponde la gestión de las infraestructuras y elementos tecnológicos de todo orden indispensable para la emisión de las señales y la gestión de la interactividad asociada a la TDT”

 La Abogacía del Estado demandó en el 2007 al Gobierno de Canarias por la defectuosa redacción del concepto del Gestor del Múltiple, y sobre todo, por invadir la competencia estatal con infracción del artículo 149.1.21 de la CE. Su razonamiento era claro.

Todos los aspectos que tienen que ver con la gestión de operaciones técnicas del múltiple digital y de los servicios portadores-difusores forman parte de los aspectos técnicos de telecomunicaciones, y son competencia exclusiva de la Administración del Estado tal y como establece el artículo 149.1.21 de la CE. La Comunidad Autónoma de Canarias no ostenta competencia alguna al respecto.

Con esta segunda Sentencia, las bases de la TDT quedan tocadas de muerte al quedar al margen del derecho todas las operaciones mercantiles relacionadas con la gestión del canal múltiple que se han ido desarrollando hasta la fecha.

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