Licencias FM Canarias: dos estrategias para la Impugnación
Ante
el controvertido reparto de las licencias de la FM en Canarias, las emisoras
perjudicadas han optado por dos estrategias distintas.
Recurso administrativo de reposición.-
La
primera consiste en pedir a quien adjudicó que reconsidere la valoración y dé
marcha atrás. Por eso 19 empresas presentaron recurso administrativo de
reposición para que la Presidencia del Gobierno de Canarias estudie sus
argumentos. Incluso en algunos casos, se ha pedido la suspensión del concurso.
Esta acción tiene unos inconvenientes claros y se señalan a continuación:
1.- La administración
jamás va a reconocer que se ha equivocado ¿se puede uno imaginar que los letrados del ejecutivo canario
contradigan las manifestaciones del Presidente?. Sólo una vez, en 2009, la
Generalitat valenciana estimó un recurso administrativo al adjudicar una
licencia de TDT a 2 empresas que obtuvieron menos de los 80 puntos necesarios en
el apartado económico.
2.-
Las alegaciones en el recurso administrativo pueden dar pistas al Gobierno de Canarias para defender la
adjudicación cuando llegue a los tribunales.
3.-
El recurso de reposición permite ganar
tiempo al Gobierno de Canarias para preparar su defensa en la vía judicial.
Por ejemplo, la Viceconsejería de Comunicación ya ha pedido que se suspenda el
plazo para resolver. La Ley 30/92 concede un plazo a la administración de un
mes (el 9 y el 10 de junio debería haber resuelto, pero no ha sido así y ha
maniobrado para decidir lo más tarde posible). Ello le da más margen para
reaccionar. Además no se puede acudir a los tribunales hasta que el Gobierno
resuelva.
4.-
En el 90% de los casos el recurso es
desestimado. El claro ejemplo es la TDT en Canarias. La Viceconsejería
desestimó los recursos administrativos de reposición al considerar que el
reparto había sido correcto, y luego el Tribunal Superior de Justicia declaró
nulas las licencias por los graves defectos detectados.
No
obstante, una ventaja considerable sí hay: la
impugnación administrativa es poco costosa para las emisoras.
Recurso judicial directo.-
La
segunda opción, es acudir directamente a la vía judicial en el plazo de dos
meses desde la publicación del reparto. Esta es la vía que numerosas emisoras, cadenas
nacionales, y principales diarios y editoras han elegido. El gran inconveniente
es que resulta costoso (hay que acudir con Abogado y Procurador) y la situación
económica no es la más favorable.
Pero
sin embargo, la ventaja más relevante es:
1.-
Quien decide no es parte interesada.
Los Jueces y Magistrados son independientes y no favorecen a los intereses del
Gobierno de Canarias. El ejemplo más claro es la veintena de sentencias
declarando ilegal el reparto de la TDT que hizo el ejecutivo canario.
2.-
El margen de maniobra de los
Letrados que defenderán la legalidad de
la adjudicación se reduce
considerablemente.
No es posible declarar el concurso
desierto.-
A
pesar de que se haya mencionado en alguna ocasión, el Gobierno de Canarias no
puede declarar el concurso desierto. Eso podría haberse dado si no hubiese
adjudicado todavía. Pero una vez que se publicó la adjudicación (en el BOC de 10
de abril de 2012, el Decreto 30/2012, de 4 de Abril) se cerraba la salida del
concurso desierto. Los casos de Valencia, Murcia y Galicia pudieron ser
declaradas desiertos porque todavía estaban sin resolver. Esto es, estaban en
fase de valoración de proyectos.
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