El TSJA obliga a la Junta de Andalucía a anular las licencias de TDTL.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha rechazado una petición de la Junta que solicitaba no ejecutar una sentencia de mayo de 2015, que anulaba el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, de fecha 29 de julio de 2008, por el que se resolvió «el concurso para el otorgamiento de concesiones para la explotación del servicio público de televisión digital terrestre, de ámbito local, en Andalucía para su gestión por particulares». El auto concluye que «no ha lugar a la pretensión deducida por la Junta de Andalucía de posponer la ejecución de la sentencia 939/2015, de 18 de mayo articulada a través de un incidente de inejecución».

Esto ocurre en medio de la tramitación del Proyecto de Ley Audiovisual de Andalucía y de los informes del Consejo Audiovisual de Andalucía sobre televisiones ilegales.

El fallo que ahora tiene que ejecutar la Administración corresponde a un recurso presentado por Teleclub Ubetense SL, empresa que emitía como Tele Úbeda y que tuvo que cerrar sus puertas en 2010 tras las adjudicaciones de Televisión Digital Terrestre que realizó la Junta dos años antes. El departamento encargado de todo este proceso fue la Consejería de Presidencia que ocupaba Gaspar Zarrías.

La Sentencia anuló parcialmente las bases de la convocatoria y conllevaba «la anulación de las adjudicaciones». Entre los argumentos esgrimidos entonces por el TSJA estaban sentencias anteriores en las que se señalaba que en el proceso hubo falta de motivación en la valoración de las ofertas presentadas, se vulneraron términos legales y que la comisión de valoración incurrió en arbitrariedad.

Teleclub Ubetense denunció el incumplimiento de la sentencia ante el TSJA y solicitó que «se debe declarar nula definitivamente la adjudicación de licencias de comunicación audiovisual televisiva TDT Local para lo cual el órgano administrativo competente ha de dictar la correspondiente resolución administrativa por la que se deje sin efecto las licencias afectadas».

En este nuevo auto, la Sala rechaza los argumentos esgrimidos por el Ejecutivo andaluz para no respetar la decisión de los tribunales: «La pretensión del ente autonómico de suspensión de la ejecución del fallo de la meritada sentencia supondría la vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1 de la Constitución Española) y del principio de intangibilidad de las sentencias».

Además, considera que «la necesidad de la tramitación unitaria de un nuevo concurso como consecuencia del concepto integral al que responde la TDT Local en Andalucía, no puede identificarse como una causa legal de imposibilidad de ejecutar el fallo de la susodicha sentencia...».
Tele Úbeda se quedó sin licencia, concesión que sí recibieron tres sociedades, dos de las cuales se encuentran emitiendo actualmente.

Ahora la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía pilotó todo el proceso de adjudicación de las licencias de televisión digital terrestre, deberá convocar un nuevo concurso público para articular las nuevas licencias de TDT.

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