Concurso FM Cataluña: Se clarifica el marco jurídico de la radiodifusión
Ayer se han hecho públicas las bases rectoras del concurso público para el otorgamiento de las 23 licencias de comunicación radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia en Cataluña.
I.- Finalidad de las bases: máxima regulación legal
La finalidad de las bases aprobadas se ciñe en determinar el régimen jurídico del concurso para el otorgamiento de 23 licencias de comunicación audiovisual radiofónico que se repartirán en Cataluña.
El escenario legal planteado en las bases contará con detalle todos los pormenores relacionados con: (i) la capacidad de obrar, (ii) la documentación a aportar por los licitadores (Sobres 1 y Sobres 2), (iii) los criterios de valoración y sus fórmulas de aplicación, (iv) la atribución de puntos en los grandes bloques evaluables, (v) las obligaciones técnicas y administrativas, (vi) las formalidades de las proposiciones, (vii) el proceder de la mesa y el órgano de contratación y (viii) las alternativas de los licitadores sobre el aprovechamiento de las nuevas tecnologías.
De ahí que todos, medios de comunicación, técnicos, profesionales y funcionarios deberán regirse por las bases jurídicas de obligado cumplimiento. Con ello, el ejecutivo se asegura la necesaria regulación de los procedimientos para que los interesados tengan constancia de los trámites a realizar.
II.- Consecuencias Directas
Con la aprobación de estas bases se consolidan la novedad legislativa que inició el Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de de Comunicación Audiovisual, que por primera vez es aplicable en un concurso de licencias en Cataluña. Ello da lugar a:
- La adecuación del concurso de la FM en Cataluña a la nueva legislación surgida de la Ley 7/2010 General de Comunicación Audiovisual
- La implantación del nuevo sistema de licencias audiovisuales en lugar de concesiones administrativas.
- La no aplicación de la legislación de contratos públicos para las licencias de Radio FM.
- La aplicación del criterio de experiencia previa en los diales catalanes.
A ello se le unirá la aplicabilidad de Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña.
III.- Valoración del fomento de la cultura catalana en la programación.-
Igualmente la Mesa de Valoración evaluará el bloque de contenidos basados en el fomento de los valores culturales de Cataluña, por lo que las ofertas de radio deberán incidir de forma precisa en este extremo situado de la parte de la propuesta de programación.
Con este paso se cierra la adecuación de la legislación audiovisual radiofónica a los estándares normativos europeos y estatales. Con la promulgación del nuevo concurso público numerosas emisoras puedan regularizar su situación.
Para cualquier cuestión adicional ruego no contacte vía e-mail a info@diezromeo.com o las números de teléfono 91 799 29 24
I.- Finalidad de las bases: máxima regulación legal
La finalidad de las bases aprobadas se ciñe en determinar el régimen jurídico del concurso para el otorgamiento de 23 licencias de comunicación audiovisual radiofónico que se repartirán en Cataluña.
El escenario legal planteado en las bases contará con detalle todos los pormenores relacionados con: (i) la capacidad de obrar, (ii) la documentación a aportar por los licitadores (Sobres 1 y Sobres 2), (iii) los criterios de valoración y sus fórmulas de aplicación, (iv) la atribución de puntos en los grandes bloques evaluables, (v) las obligaciones técnicas y administrativas, (vi) las formalidades de las proposiciones, (vii) el proceder de la mesa y el órgano de contratación y (viii) las alternativas de los licitadores sobre el aprovechamiento de las nuevas tecnologías.
De ahí que todos, medios de comunicación, técnicos, profesionales y funcionarios deberán regirse por las bases jurídicas de obligado cumplimiento. Con ello, el ejecutivo se asegura la necesaria regulación de los procedimientos para que los interesados tengan constancia de los trámites a realizar.
II.- Consecuencias Directas
Con la aprobación de estas bases se consolidan la novedad legislativa que inició el Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de de Comunicación Audiovisual, que por primera vez es aplicable en un concurso de licencias en Cataluña. Ello da lugar a:
- La adecuación del concurso de la FM en Cataluña a la nueva legislación surgida de la Ley 7/2010 General de Comunicación Audiovisual
- La implantación del nuevo sistema de licencias audiovisuales en lugar de concesiones administrativas.
- La no aplicación de la legislación de contratos públicos para las licencias de Radio FM.
- La aplicación del criterio de experiencia previa en los diales catalanes.
A ello se le unirá la aplicabilidad de Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña.
III.- Valoración del fomento de la cultura catalana en la programación.-
Igualmente la Mesa de Valoración evaluará el bloque de contenidos basados en el fomento de los valores culturales de Cataluña, por lo que las ofertas de radio deberán incidir de forma precisa en este extremo situado de la parte de la propuesta de programación.
Con este paso se cierra la adecuación de la legislación audiovisual radiofónica a los estándares normativos europeos y estatales. Con la promulgación del nuevo concurso público numerosas emisoras puedan regularizar su situación.
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