LAS LICENCIAS DE TDT EN ANDALUCÍA ANULACIÓN DE LAS BASES, NO DE LA ADJUDICACIÓN
Martes, 8 de enero de 2019 /por Jaime Rodriguez
Tras
la última convocatoria del concurso de licencias de TDT en Andalucía, han
acontecido muchas vicisitudes entre las que destaca la anulación de tres
criterios de valoración. La incertidumbre vuelve a presidir el panorama
televisivo andaluz en 2019.
SENTENCIAS
ANULATORIAS: YA VAN 4.
El pasado día 4 de octubre de 2018 el
TSJ de Andalucía anuló con 2 Sentencias parte de las bases de la convocatoria
del concurso de licencias de TDT en Andalucía. Hay otras 2 Sentencias más en el
mismo sentido, lo que hacen un total de 4, aunque se esperan más.
Es importante aclarar que la nulidad
afecta sólo a ciertas bases, no a la adjudicación de licencias que a día de la
fecha mantiene toda su validez.
Las bases anuladas afectaron a los
criterios de selección de los candidatos, que se han visto revocados. Ahora
podrían estar comprometidas numerosas adjudicaciones a verse minorada la
puntuación de los licenciatarios.
CRITERIOS
DE SELECCIÓN INVALIDADOS
Las sentencias anulan los siguientes
criterios de valoración:
- La experiencia previa en servicios
audiovisuales. El Magistrado del TSJ de Andalucía considera discriminatorio
que la Junta de Andalucía haya valorado positivamente la experiencia en:
·
Televisión
digital terrestre local. Entre 0 y 150 puntos;
·
Radiodifusión en
FM. Entre 0 y 30 puntos.
·
Comunicación
audiovisual por cable. Entre 0 y 30 puntos.
·
Producción de
contenidos audiovisuales. Entre 0 y 30 puntos.
¿La razón? Se está dando primacía a
las televisiones existente en contra de los nuevos licitadores que no cuentan
con experiencia.
- La acreditación de un estudio televisivo
operativo. La Sentencia considera igualmente que se produce un agravio
comparativo al otorgar mayor puntuación a los licitadores que ya tuvieran un
estudio en funcionamiento antes de la convocatoria.
- La vinculación local y arraigo territorial.
El fallo es también contundente al considerar discriminatorio que se le otorgue
más puntuación a las televisiones que demostraran la previa colaboración con
asociaciones o entidades andaluzas. Este criterio impedía que las televisiones
de Murcia o Cataluña pudieran concurrir en igualdad de oportunidades con las de
Andalucía.
REACCIÓN A LA ANULACIÓN DE LAS BASES.
Ante las sentencias dictadas, las
partes han reaccionado de la siguiente forma:
- La Junta de Andalucía: Ha decidido aceptar la Sentencia y no
recurrir al Tribunal Supremo. Resulta curioso que la propia administración
autora de las bases no recurra su anulación.
- Las emisoras
perjudicadas: han optado por
recurrir, por lo que la Sentencia no es firme y habrá que esperar a la decisión
del Tribunal Supremo.
- Las empresas
que ganaron las Sentencias: Han
comparecido ante el Tribunal Supremo para defender la validez de la Sentencia
del TSJ de Andalucía.
¿QUE
PUEDE OCURRIR?
Si el Tribunal Supremo decide
ratificar la Sentencia del Tribunal andaluz, la Junta de Andalucía tendrá que
optar entre:
·
Volver a valorar
a los licitadores sin los 3 criterios anulados, lo que dará lugar a un cambio
en las adjudicaciones.
·
Volver a convocar
el concurso público.
Si por el contrario revoca la Sentencia del
TSJ, todo se mantendrá como está en la actualidad.
Jaime Rodriguez Díez, Socio en el
Despacho “Díez y Romeo Abogados” y
Abogado en el Área
de Medios Audiovisuales y Telecomunicaciones y del Área
de Derecho Administrativo.
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