El partido de Liga en abierto podría desaparecer
El Ministerio de Presidencia decidirá qué acontecimientos deportivos son de "interés general" y, por tanto, tienen que ser emitidos en televisión en abierto, según el anteproyecto de Ley para la creación de una Comisión Nacional de Mercados y Competencia. Entre los acontecimientos considerados de "interés general" actualmente por ley está un partido cada jornada de la Liga de Primera División.
El anteproyecto señala en su disposición adicional decimosegunda que "corresponde al Ministerio de la Presidencia aprobar el Catálogo de acontecimientos de interés general para la sociedad".
Actualmente, según la Ley General de Comunicación Audiovisual, aprobada en 2010, corresponde al nonato Consejo Estatal de Medios Audiovisuales (CEMA) la aprobación de ese catálogo.
No obstante, el anteproyecto señala que el CEMA no llegará a crearse y las funciones que la Ley Audiovisual asignaba a este organismo se reparten entre el nuevo organismo de control, la Comisión Nacional de Mercados y Competencia, el Ministerio de Industria y el Ministerio de Presidencia.
Concretamente al ministerio que dirige Soraya Saénz de Santamaría le corresponde según el anteproyecto decidir sobre el "catálogo con vigencia bienal donde se recojan los acontecimientos de interés general para la sociedad que han de emitirse por televisión en abierto y con cobertura estatal". Esta decisión la tomará "previa consulta de los prestadores del servicio de comunicación audiovisual y a los organizadores de competiciones deportivas".
La Ley Audiovisual establece en su disposición transitoria sexta que mientras el CEMA no sea creado "se emitirá en directo y abierto, y para todo el territorio del Estado, un encuentro de fútbol por cada jornada de la Liga de primera división, así como las semifinales y la final de la Copa del Rey de fútbol, siempre que haya algún canal de televisión en abierto interesado en emitirlo".
La obligación de emitir un partido en abierto se impuso por la Ley Reguladora de las Emisiones y Retransmisiones de Competiciones y Acontecimientos Deportivos, impulsada en 1997 por el entonces vicepresidente del Gobierno Francisco Álvarez Cascos y mantenida en la Ley General de Comunicación Audiovisual, que se aprobó en 2010.
En la conocida como Ley Cascos, se justificaba la obligación por ley de emitir un partido en abierto cada semana en que en España era una "tradición arraigada" desde los años 60 "la práctica de retransmitir cada sábado o domingo, en emisión abierta, el partido de fútbol de primera división de mayor interés deportivo dentro de cada jornada, elegido libremente por los operadores".
Hasta la aprobación de esa norma, el encargado de elegir los acontecimiento de "interés general" era el Consejo de Emisiones y Retransmisiones Deportivas comupuesto por miembros del distintos ministerios, el Consejo Superior de Deportes (CSD), operadores de televisión, organizaciones deportivas y sindicatos, que se reunía cada dos años y decidía que eventos tenían que emitirse en abierto
Fuente: Europa Press
El anteproyecto señala en su disposición adicional decimosegunda que "corresponde al Ministerio de la Presidencia aprobar el Catálogo de acontecimientos de interés general para la sociedad".
Actualmente, según la Ley General de Comunicación Audiovisual, aprobada en 2010, corresponde al nonato Consejo Estatal de Medios Audiovisuales (CEMA) la aprobación de ese catálogo.
No obstante, el anteproyecto señala que el CEMA no llegará a crearse y las funciones que la Ley Audiovisual asignaba a este organismo se reparten entre el nuevo organismo de control, la Comisión Nacional de Mercados y Competencia, el Ministerio de Industria y el Ministerio de Presidencia.
Concretamente al ministerio que dirige Soraya Saénz de Santamaría le corresponde según el anteproyecto decidir sobre el "catálogo con vigencia bienal donde se recojan los acontecimientos de interés general para la sociedad que han de emitirse por televisión en abierto y con cobertura estatal". Esta decisión la tomará "previa consulta de los prestadores del servicio de comunicación audiovisual y a los organizadores de competiciones deportivas".
La Ley Audiovisual establece en su disposición transitoria sexta que mientras el CEMA no sea creado "se emitirá en directo y abierto, y para todo el territorio del Estado, un encuentro de fútbol por cada jornada de la Liga de primera división, así como las semifinales y la final de la Copa del Rey de fútbol, siempre que haya algún canal de televisión en abierto interesado en emitirlo".
Podrá desaparecer el partido en abierto
Sin embargo, esta situación puede cambiar de aprobarse Ley para la creación de una Comisión Nacional de Mercados y Competencia en los términos en que figura en el anteproyecto, fechado el 28 de febrero, ya que el Gobierno podría decidir excluir del catálogo de interés general el partido en abierto, un petición que han hecho los clubes de fútbol y los operadores de pago.La obligación de emitir un partido en abierto se impuso por la Ley Reguladora de las Emisiones y Retransmisiones de Competiciones y Acontecimientos Deportivos, impulsada en 1997 por el entonces vicepresidente del Gobierno Francisco Álvarez Cascos y mantenida en la Ley General de Comunicación Audiovisual, que se aprobó en 2010.
En la conocida como Ley Cascos, se justificaba la obligación por ley de emitir un partido en abierto cada semana en que en España era una "tradición arraigada" desde los años 60 "la práctica de retransmitir cada sábado o domingo, en emisión abierta, el partido de fútbol de primera división de mayor interés deportivo dentro de cada jornada, elegido libremente por los operadores".
Hasta la aprobación de esa norma, el encargado de elegir los acontecimiento de "interés general" era el Consejo de Emisiones y Retransmisiones Deportivas comupuesto por miembros del distintos ministerios, el Consejo Superior de Deportes (CSD), operadores de televisión, organizaciones deportivas y sindicatos, que se reunía cada dos años y decidía que eventos tenían que emitirse en abierto
Fuente: Europa Press
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