DÍEZ Y ROMEO: CÓMO SE SUPERA EL PRIMER CORTE EN EL CONCURSO DE LICENCIAS DE TDT EN ANDALUCÍA.

  • Los abogados de Díez y Romeo analizan el sobre nº 1.


El 9 de agosto de 2016 se publicó en el BOJA la convocatoria del nuevo concurso público de licencias TDT en Andalucía. En total han salido a licitación 111 licencias en 44 demarcaciones.

Debido a la particularidad de estas fechas, de gran tradición vacacional, las empresas solicitantes podrían encontrar alguna dificultad en la interpretación de las bases rectoras

Para facilitar la tarea, los abogados de Díez y Romeo ponen a disposición de todos la información básica relativa a la documentación exigida por la Junta de Andalucía para presentarse al concurso. La información se estructura en forma de preguntas y respuestas con el fin de simplificar la dinámica al lector.

El análisis plasmado en este texto hace referencia a la documentación exigida en el Sobre 1 (Documentación Administrativa). Es decir, lo que tiene que aportar el solicitante para (i) acreditar la capacidad legal para tener licencias, (ii) superar las limitaciones de orden público audiovisual; y (iii) salvar las limitaciones por razón del pluralismo del Mercado Televisivo.

1.- ¿Qué plazo hay para presentar solicitudes?
Los interesados tienen un plazo de 45 días naturales a partir del día siguiente de la publicación en el BOJA, para presentar sus solicitudes. Es decir, hasta el 23 de septiembre de 2016.

2.- ¿Cuánto tiempo tiene la Junta para resolver el concurso de la TDT de Andalucía?
Una vez recibidas, la Junta de Andalucía dispondrá de 6 meses para resolver el concurso. Desde la experiencia de Diez & Romeo Abogados, se ha podido constatar que pueden demorarse en el tiempo.

3.- ¿Cuál es el plazo de vigencia de las licencias de TDT en Andalucía?
Las concesiones tendrán una vigencia de 15 años prorrogables por igual periodo.

Estos son los documentos que solicita la Junta para superar el sobre nº 1 del concurso público de 111 licencias de TDT en Andalucía.

4.- ¿Quién puede acceder a las licencias de TDT en Andalucía?
A los concursos públicos de licencias de radio o televisión se pueden presentar
  • Personas Físicas
  • Personas Jurídicas (sociedades mercantiles, asociaciones, fundaciones, unión de empresas, etc…)
Ambas deben de reunir los siguientes requisitos:
  • Capacidad General para tener licencias
  • Superar las limitaciones de orden público audiovisual.
  • Salvar las limitaciones por razón del pluralismo del Mercado Televisivo
5.- ¿Cuando tenemos capacidad General para tener licencias?
Para ser titular de una licencia hay que cumplir los requisitos del artículo 25 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), que exige lo siguiente:
Personas Físicas
  • Han de tener nacionalidad de un estado miembro del Espacio Económico Europeo (E. E. E.),
  • También, los nacionales de un país siempre que se respete el principio de reciprocidad (es decir, que en el país extranjero se permita a los españoles presentarse a los concursos de licencias televisivas).
Personas Jurídicas
  • Han de tener su domicilio social en un estado miembro del E. E. E.
  • También, lo pueden tener en un país que respete el principio de reciprocidad.
  • Si el domicilio social se encuentra fuera de España, se debe nombrar a un representante en España a efectos de notificaciones para realizar la tramitación.
Participación en el capital social de extranjeros.
Una persona física o jurídica extranjera (no miembros del EEE) está sujeta a estas limitaciones:
  • No podrá superar el 25% de capital social de una empresa que licita.
  • El total del capital extranjero tendrá que ser menos del 50% de la empresa que licita. Es decir, que no podrá tener un control efectivo.
6.- ¿Cómo superamos las limitaciones del orden público audiovisual? 
Un solicitante ha de evitar incurrir en las limitaciones establecidas en el artículo 26 de la LGCA, y en este sentido no se pueden presentar al concurso:
  • Quienes hayan sido titulares de una concesión y han sido sancionados con su revocación o la privación de sus efectos en los 2 últimos años.
  • Las empresas participadas por personas que se encuentren en el caso anterior.
  • Empresas que hayan visto prohibidas sus actividades audiovisuales en los 2 últimos años en un país del E. E. E. por no infringir el Convenio Europeo de Derechos Humanos o no cumplir la normativa de protección del menor
  • No estar incursa en las prohibiciones para contratar del artículo 60 de la nueva Ley de Contratos del Sector Público (Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre)
  • Los que no estén al corriente de los impuestos con la AEAT y las CCAA
  • Quienes no estén al corriente con las obligaciones de la Seguridad Social

7.- ¿Quién valora el cumplimiento de estos requisitos?
Un órgano técnico público denominado Mesa de Valoración. Está compuesto por funcionarios expertos que velan porque todos los solicitantes:
  • Tengan capacidad general para tener licencias
  • No incurran en las limitaciones de orden público audiovisual.
  • Cumplan las limitaciones por razón del pluralismo del Mercado Radiofónico.

8.- ¿Quiénes son las personas que componen la Mesa?
En el concurso de la TDT de Andalucía, los componentes son:
  • Una persona adscrita a la Intervención General.
  • Una persona adscrita a la Secretaría General Técnica de la Consejería de la Presidencia.
  • Tres personas adscritas a la Dirección General de Comunicación Social.
  • Una Secretaría, designada por la Presidencia de la Mesa, de entre personas funcionarias del grupo A1 adscritas a la Dirección General de Comunicación Social.
  • Un Letrado del Gabinete Jurídico.


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