DÍEZ Y ROMEO: CÓMO SE SUPERA EL PRIMER CORTE EN EL CONCURSO DE LICENCIAS DE TDT EN ANDALUCÍA.
- Los abogados de Díez y Romeo analizan el sobre nº 1.
El 9 de agosto de 2016 se publicó en el BOJA la
convocatoria del nuevo concurso público de licencias TDT en Andalucía. En total
han salido a licitación 111 licencias en 44 demarcaciones.
Debido a la particularidad de estas fechas, de gran
tradición vacacional, las empresas solicitantes podrían encontrar alguna
dificultad en la interpretación de las bases rectoras
Para facilitar la tarea, los abogados de Díez y Romeo
ponen a disposición de todos la información básica relativa a la documentación
exigida por la Junta de Andalucía para presentarse al concurso. La información
se estructura en forma de preguntas y respuestas con el fin de simplificar la
dinámica al lector.
El análisis plasmado en este texto hace referencia a la
documentación exigida en el Sobre 1 (Documentación Administrativa). Es decir,
lo que tiene que aportar el solicitante para (i) acreditar la capacidad legal
para tener licencias, (ii) superar las limitaciones de orden público
audiovisual; y (iii) salvar las limitaciones por razón del pluralismo del
Mercado Televisivo.
1.- ¿Qué plazo hay para presentar solicitudes?
Los interesados tienen un plazo de 45 días naturales a
partir del día siguiente de la publicación en el BOJA, para presentar sus
solicitudes. Es decir, hasta el 23 de
septiembre de 2016.
2.- ¿Cuánto tiempo tiene la Junta para resolver el concurso de la TDT de
Andalucía?
Una vez recibidas, la Junta de Andalucía dispondrá de 6
meses para resolver el concurso. Desde la experiencia de Diez & Romeo
Abogados, se ha podido constatar que pueden demorarse en el tiempo.
3.- ¿Cuál es el plazo de vigencia de las licencias de TDT en Andalucía?
Las concesiones tendrán una vigencia de 15 años
prorrogables por igual periodo.
Estos son los documentos que solicita la Junta para
superar el sobre nº 1 del concurso público de 111 licencias de TDT en Andalucía.
4.- ¿Quién puede acceder a las licencias de TDT en Andalucía?
A los concursos públicos de licencias de radio o
televisión se pueden presentar
- Personas
Físicas
- Personas
Jurídicas (sociedades mercantiles, asociaciones, fundaciones, unión de
empresas, etc…)
Ambas deben de reunir los siguientes requisitos:
- Capacidad
General para tener licencias
- Superar
las limitaciones de orden público audiovisual.
- Salvar las limitaciones por razón del pluralismo del Mercado Televisivo
5.- ¿Cuando tenemos capacidad General para tener licencias?
Para ser titular de una licencia hay que cumplir los
requisitos del artículo 25 de la Ley General de Comunicación Audiovisual
(LGCA), que exige lo siguiente:
Personas Físicas
- Han de
tener nacionalidad de un estado miembro del Espacio Económico Europeo (E.
E. E.),
- También,
los nacionales de un país siempre que se respete el principio de
reciprocidad (es decir, que en el país extranjero se permita a los
españoles presentarse a los concursos de licencias televisivas).
Personas Jurídicas
- Han de
tener su domicilio social en un estado miembro del E. E. E.
- También,
lo pueden tener en un país que respete el principio de reciprocidad.
- Si el
domicilio social se encuentra fuera de España, se debe nombrar a un
representante en España a efectos de notificaciones para realizar la
tramitación.
Participación en el capital social de extranjeros.
Una persona física o jurídica extranjera (no miembros del
EEE) está sujeta a estas limitaciones:
- No podrá
superar el 25% de capital social de una empresa que licita.
- El total del capital extranjero tendrá que ser menos del 50% de la empresa que licita. Es decir, que no podrá tener un control efectivo.
6.- ¿Cómo superamos las limitaciones del orden público audiovisual?
Un solicitante ha de evitar incurrir en las limitaciones
establecidas en el artículo 26 de la LGCA, y en este sentido no se pueden
presentar al concurso:
- Quienes
hayan sido titulares de una concesión y han sido sancionados con su
revocación o la privación de sus efectos en los 2 últimos años.
- Las
empresas participadas por personas que se encuentren en el caso anterior.
- Empresas
que hayan visto prohibidas sus actividades audiovisuales en los 2 últimos
años en un país del E. E. E. por no infringir el Convenio Europeo de
Derechos Humanos o no cumplir la normativa de protección del menor
- No estar
incursa en las prohibiciones para contratar del artículo 60 de la nueva
Ley de Contratos del Sector Público (Real Decreto Legislativo 3/2011, de
14 de noviembre)
- Los que
no estén al corriente de los impuestos con la AEAT y las CCAA
- Quienes
no estén al corriente con las obligaciones de la Seguridad Social
7.- ¿Quién valora el cumplimiento de estos requisitos?
Un órgano técnico público denominado Mesa de Valoración.
Está compuesto por funcionarios expertos que velan porque todos los
solicitantes:
- Tengan
capacidad general para tener licencias
- No
incurran en las limitaciones de orden público audiovisual.
- Cumplan las limitaciones por razón del pluralismo del Mercado Radiofónico.
8.- ¿Quiénes son las personas que componen la Mesa?
En el concurso de la TDT de Andalucía, los componentes
son:
- Una
persona adscrita a la Intervención General.
- Una
persona adscrita a la Secretaría General Técnica de la Consejería de la
Presidencia.
- Tres
personas adscritas a la Dirección General de Comunicación Social.
- Una
Secretaría, designada por la Presidencia de la Mesa, de entre personas
funcionarias del grupo A1 adscritas a la Dirección General de Comunicación
Social.
- Un Letrado
del Gabinete Jurídico.
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